ARTICULO 5

Principios. 

Artículo 5:

 La evaluación del desempeño estudiantil en los Programas Nacionales de Formación, se ajustara a los siguientes principios:

 1. Corresponsabilidad: Entendida como la responsabilidad compartida por todos los actores en la valoración de los procesos educativos.

 2. Justicia: Se asume como la búsqueda y creación de los proceso necesarios para garantizar una evaluación que permita erradicar la exclusión en todas sus manifestaciones.

 3. Transparencia: Se entiende como la claridad de los criterios, procesos y resultados con que se llevaran a cabo la evaluación y el derecho al acceso oportuno a la información.

 4. Integralidad: Considera al ser humano en su multidimensionalidad, reconociendo su cultura, ambiente, sentido de pertenencia, interacciones, limitaciones, formas de participación para la creación y transformación. Asimismo, valora las dimensión articuladas del ser, conocer, hacer, convivir y emprender de la profesionalidad.

 5. Transformadora: Permite orientar y reorientar el proceso de formación, así como realizar las rectificaciones necesarias para mejorar el desempeño institucional e impulsar el carácter liberador del educación.

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