CONDICIONES PARA EL PLAN ESPECIAL DE LA RECUPERACIÓN

Artículo 26: 

  Para que el estudiante tenga derecho a inscribir un máximo de tres (3) unidades curriculares no aprobadas en el trayecto en el Plan Especial de Recuperación deben existir las siguientes condiciones en cada una de las unidades curriculares: 


  •  Haber obtenido la calificación mínima de seis (6) puntos. 


  •  Haber asistido como mínimo aun setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la unidad curricular.

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